Congreso de Puebla aprueba Ley Manu, en favor de la movilidad

El Congreso del Estado de Puebla aprobó de manera unánime la nueva Ley de Movilidad, misma que establece los límites de velocidad y sanciones a quienes provoquen accidentes retirándoles la licencia de conducir, hasta por un período de diez años, asimismo, será obligatorio el contratar un seguro.

La también llamada Ley Manu, votada por los 39 legisladores que asistieron, establece 1. Regular y vigilar el tránsito seguro y los factores de riesgo vial estableciendo los mismos límites de velocidad que la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial mandata en todas las calles del país: 20 km/h en escuelas y hospitales, 30 km/h en calles secundarias y terciarias, 50 km/h en avenidas primarias como el Blvd. 5 de Mayo y 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado como la Recta Cholula, así como operativos de alcoholemia permanentes.

En el documento se establece que los dueños de los vehículos estarán obligados a contratar seguros vehiculares, implica el retiro de licencia hasta por 10 años por conducir en estado de ebriedad y establece que cualquier automovilista que dañe la infraestructura peatonal, ciclista o una señalética pagará más de 7 mil pesos como sanción.

“Circular sin licencia de conducir, o sin placas, o sin seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, o sin tarjeta de circulación, o sin calcomanías y hologramas autorizados por la autoridad competente, o con placas, tarjeta de circulación, calcomanías y hologramas que correspondan a otros vehículos”.

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Los legisladores reconocieron el impulso del gobernador Sergio Salomón, con acompañamiento de la Secretaría de Movilidad y Transporte y la Consejería Jurídica; así como del trabajo y disposición de la diputada Guadalupe Leal, del diputado Eduardo Castillo, presidente del Congreso, la diputada Silvia Tanús, presidenta de la comisión de movilidad y transporte, y del diputado Roberto Solís, presidente de la comisión de seguridad pública.

El documento aprobado tendrá un período de aplicación gradual hasta el 2030, y se establece en sus metas: proporcionar acceso a sistemas de transporte seguros, asequibles, accesibles y sostenibles para todos y mejorar la seguridad vial en particular mediante la ampliación del transporte público, prestando especial atención a las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad, las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las personas de edad.

Aumentar la urbanización inclusiva y sostenible y la capacidad para la planificación y la gestión participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos en todos los países.

También, reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo.

Entre las prohibiciones que establece la ley  se encuentra: “Transportar un mayor número de pasajeros para el cual se diseñó el vehículo; Transportar menores de doce años en los asientos delanteros o sin los sistemas de retención infantil o asientos de seguridad que cumplan con los requisitos establecidos en la Norma Oficial Mexicana aplicable”.

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