SCJN: inconstitucional lineamiento de cobro de parquímetros en Puebla

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes 11 de septiembre como inconstitucional el lineamiento de cobro de parquímetros en Puebla.

Aunque tras el fallo de la SCJN, el Ayuntamiento de Puebla salió a la defensa de su programa, y en un comunicado de prensa subido a redes sociales a las 20:30 horas, es decir tres horas después, puntualizó que el sistema de estacionamiento rotativo como tal no es inconstitucional.

El resolutivo de la SCJN es resultado de las impugnaciones formuladas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH), contra el artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023, en el que se establecía el cobro de un derecho por espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales (parquímetros).

“Lo que apunta dicha resolución como inconstitucional, son los lineamientos referentes a las tarifas, por lo que esa observación será subsanada en su momento, a fin de seguir brindando orden a la vía pública”, respondió el Ayuntamiento a la SCJN.

Y añadió que “es respetuosa de las decisiones judiciales, por lo que esperaremos la notificación por parte de la SCJN para tomar las acciones pertinentes; en tanto, el funcionamiento se mantiene de manera normal”.

Las autoridades municipales mencionaron que este esquema de estacionamiento tiene como objetivo mantener calles seguras y ordenadas.

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La SCJN destacó que en el artículo impugnado no se especificaba la temporalidad a la que corresponden las cuotas, lo que implicaba que no hay fundamento del derecho sobre el cual se determinaría la tarifa a pagar por ocupación de parquímetros en Puebla.

El Pleno de la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad 22/2023 promovida por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla.

Aunado a ello, en el último párrafo de la fracción XI se establecía que las tarifas se sujetarían a los lineamientos emitidos por la autoridad municipal, lo que implicaba una violación al principio de legalidad tributaria.

También se transgredía el derecho de seguridad jurídica de los contribuyentes, pues no tenían la certeza del pago que debían realizar.

La resolución surtirá efectos una vez que se notifique al Congreso de Puebla. Además, deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado (POE), así como en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Finalmente, la SCJN exhortó al Congreso de esa entidad para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad.

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